Micelio

Artículo 18

Riesgos Profesionales Y Protección Al Cesante

Ley 1151 de 2007 · por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En términos de riesgos profesionales y protección al cesante, se aumentará la afiliación al sistema de riesgos profesionales y al número de empresas afiliadas a dicho sistema, al tiempo que se buscará aumentar la cobertura, en afiliación a pensiones. El Ministerio de la Protección Social podrá reglamentar la afiliación de grupos especiales como las Madres Comunitarias del Programa de Hogares Comunitarios del ICBF.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1151 de 2007