Micelio

Artículo 8

Implementación Del Formulario Único Electrónico De Afiliación Y Manejo De Novedades

Decreto 2390 de 2010 · por medio del cual se otorga una autorización, se reglamenta parcialmente el Sistema de Registro Único de Afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral y de la Protección Social, se adopta el Formulario Único Electrónico de Afiliación y Manejo de Novedades y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Implementación del Formulario Único Electrónico de Afiliación y Manejo de Novedades . Las administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral y de la Protección Social, deberán, en un plazo de máximo seis (6) meses, contados a partir de la publicación del presente decreto, poner a disposición de sus afiliados, cotizantes y aportantes el Formulario Único Electrónico de Afiliación y Manejo de Novedades, el cual será el mecanismo válido para afiliarse al Sistema de Seguridad Social Integral y de la Protección Social, de acuerdo con el plan de implementación que defina el Ministerio de la Protección Social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2390 de 2010