Micelio

Artículo 3

Ley 2427 de 2024 · por medio de la cual se establece la capacitación, la profundización y la enseñanza para la sostenibilidad ambiental, cambio climático y gestión del riesgo de desastres y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En todos los niveles de la educación preescolar, básica y media, los Proyectos Educativos Institucionales (PEI) y Proyectos Educativos Comunitarios (PEC) desarrollarán proyectos pedagógicos de área o en el PRAE, acciones para la sostenibilidad ambiental, cambio climático y gestión del riesgo de desastres.

Parágrafo 1

. Lo anterior, con base en los referentes curriculares vigentes y guías técnicas que para tal efecto expida el Ministerio de Educación Nacional.

Parágrafo 2

Para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo, el Ministerio de Educación Nacional deberá coordinar acciones con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y demás entidades relacionadas con la materia, de acuerdo con lo que establezca la Política Nacional de Educación Ambiental.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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