Micelio

Artículo 14

Decreto 1962 de 1988 · Por el cual se adiciona la estructura administrativa del Departamento Administrativo Nacional de Estadística y se determinan las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

SECCION DE ESTADISTICAS ECONOMICAS. Son funciones de la Sección de Estadísticas Económicas las siguientes

1.

Efectuar el diseño de las investigaciones que deban adelantarse en el área económica y proponer los ajustes correspondientes.

2.

Diseñar y experimentar nuevos métodos y procedimientos de recolección, crítica, modificación y control de calidad de las investigaciones económicas que se llevan a cabo en el Departamento.

3.

Evaluar, ajustar y analizar las cifras económicas obtenidas en el desarrollo de las investigaciones que deba efectuar la Sección.

4.

Evaluar y analizar los resultados de los indicadores económicos y asegurar su entrega oportuna.

5.

Realizar los estudios específicos que en el campo económico le sean requeridos.

6.

Prestar asesoría en el área de estadísticas económicas a las demás dependencias del Departamento y otras entidades que la requieran.

7.

Presentar al Jefe de la División de Estudios Económicos los informes que le sean solicitados sobre el desarrollo de sus funciones.

8.

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la Sección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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