Además de lo dispuesto en el parágrafo 3° del artículo 20 de esta Ley, los retiros del personal de la Armada se producirán por disposición del Gobierno en las formas siguientes:
Cadetes y Oficiales
Cadetes.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Además de lo dispuesto en el parágrafo 3° del artículo 20 de esta Ley, los retiros del personal de la Armada se producirán por disposición del Gobierno en las formas siguientes:
Cadetes y Oficiales
Cadetes.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.