Micelio

Artículo 382

, Del Presupuesto Extraordinario De Defensa Nacional

Decreto 1366 de 1934 · Por el cual se señala una partida para gastos extraordinarios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Señálase al Consulado General de Colombia en París la suma de cinco mil setecientos noventa y cinco pesos ($ 5,795), para atender a unos gastos extraordinarios. El gasto anterior se imputará al capítulo 75, artículo 382, del Presupuesto extraordinario de defensa nacional. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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