Micelio

Artículo 30

Decreto 1939 de 1986 · Por el cual se dictan normas sobre estructura y funciones de la Superintendencia Bancaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A la División de Recursos Humanos le corresponde, a través de sus Secciones, desarrollar las siguientes funciones

a)

Planear, ejecutar y controlar la política institucional en las áreas de reclutamiento, selección, promoción, inducción y desvinculación de los recursos humanos y velar por el desarrollo de esa política;

b)

Desarrollar y administrar programas tendientes a garantizar el bienestar social y laboral de los funcionarios;

c)

Coordinar y controlar los procesos administrativos disciplinarios que se adelanten contra los funcionarios de la entidad;

d)

Coordinar los trámites relacionados con la solicitud de inscripción de los funcionarios de la entidad a la carrera administrativa;

e)

Llevar las hojas de vida de los funcionarios de la entidad y expedir las respectivas certificaciones;

f)

Asesorar a las demás dependencias de la Superintendencia Bancaria en todo lo relacionado con necesidades de personal;

g)

Suministrar la información necesaria a la División Financiera para la elaboración de nóminas y pago del personal de la entidad; y,

h)

Colaborar con la Oficina Jurídica, mediante el suministro de la información que se requiera, en el trámite de los recursos interpuestos contra los actos administrativos expedidos por las autoridades de la Superintendencia en materia de personal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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