La lealtad, el respeto mutuo y la solidaridad, son el fundamento de las relaciones entre los colegas. Incurrirá en falta contra la ética profesional, quien censure los tratamientos o recomendaciones efectuados, o exprese dudas sobre los sistemas de trabajo o la capacidad de los colegas, sin las suficientes bases científicas.
Constituye falta grave difamar, calumniar o injuriar a un colega, condenar el carácter de sus actos profesionales, lo mismo que hacer eco de manifestaciones y opiniones capaces de perjudicarlo moral o profesionalmente.
No constituyen actos desaprobatorios las diferencias de criterio o de opinión entre los colegas,que se manifiesten y surjan de la discusión, análisis, tratamiento o evaluación de un problema enmarcadas en el respeto y dignidad humana.