° El cómputo del tiempo en las prescripciones se hará siempre con arreglo á lo dispuesto en el Código Penal vigente; pero las que se hubieren iniciado bajo el imperio de una ley anterior, podrán, á voluntad del prescríbete, regirse por ésta.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.