Micelio

Artículo 4

Período De Los Miembros De La Comisión Técnica Nacional Del Instituto Colombiano Del Deporte, Coldeportes

Decreto 2666 de 2004 · por el cual se reglamentan la Comisión Técnica Nacional de Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Período de los miembros de la Comisión Técnica Nacional del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes . Los miembros de la Comisión Técnica Nacional serán designados para períodos de cuatro (4) años, que correspondan con el período presidencial.

Parágrafo transitorio

Los miembros que sean designados a partir de la publicación del presente decreto, su período corresponderá al tiempo que falte del período presidencial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2666 de 2004