Micelio

Artículo 2

Ley 1041 de 2006 · por medio de la cual la Nación se asocia a los 200 años de la fundación del municipio de Morales en el departamento del Cauca.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con los artículos 288, 365 y 366 de la Constitución Política, en armonía con el artículo 200 numeral 3, y el artículo 150 numerales 3 y 9 del mismo estatuto, el Gobierno Nacional podrá bajo los principios de coordinación, concurrencia, subsidiaridad, y mediante el sistema de cofinanciación, participar en la ejecución de las siguientes obras de utilidad pública y de interés social en el municipio de Morales, departamento del Cauca.

a)

Ejecución Proyecto Turístico en el lago "La Salvajina";

b)

Ejecución Proyecto Piscícola en el lago "La Salvajina";

c)

Construcción de 50 viviendas de interés social en la zona de territorio indígena.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1041 de 2006