Micelio

Artículo 3

El Agente De Ejecuciones Fiscales No Es Empleado De Manejo

Decreto 665 de 1919 · Por el cual se reglamentan las funciones de un empleado y se hace un nombramiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Agente de Ejecuciones Fiscales no es empleado de manejo. Todas las consignaciones que hayan de efectuarse, por motivo de las ejecuciones que establezca, lo serán precisamente en las Tesorerías de Correos y Telégrafos, según el caso. Los recibos de dicho Tesoreros por el valor total de cada ejecución serán agregados al juicio respectivo, y determinarán la cesación del procedimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 665 de 1919