Micelio

Artículo 1

Decreto 55 de 1958 · Por el cual se conceden unas exenciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. La maquinaria, equipos, equipo de taller y elementos que el Ministerio de Obras Públicas importe al país con fondos provenientes de los empréstitos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, con destino exclusivo a sus obras, estarán exentos del pago de derechos de aduana, del impuesto de giros y del depósito previo en el Banco de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 55 de 1958