Micelio

Artículo 54

Tratado

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta de Signatarios determinará de entre los altos cargos del Organo Ejecutivo, cual actuará como Director General Interino en caso de ausencia y vacancia del Director General.

El Director General Interino estará capacitado para ejercer las facultades o poderes que corresponden al Director General titular de conformidad con el Acuerdo Constitutivo y el Acuerdo Operativo. El Director General Interino desempeñará el cargo hasta que el Director General, debidamente elegido, asuma el ejercicio de sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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