No Incurrirá En El Delito De Injuria El Que Sin Emplear Expresiones Ultrajantes Critique, Censure O Comente, En Servicio Del Interés Público, Y Sobre La Base De Informes Exactos O Que Por Tales Se Puedan Tener En Virtud De La Seriedad De Su Origen: A) Los Actos Y Contratos Del Gobierno Y De La Administración; B) Los Servicios Públicos O Los Que Interesen Al Público; C) Las Obras O Producciones Artísticas, Literarias, Científicas, Docentes, Culturales, Las Diversiones, Los Espectáculos Y Los Certámenes Públicos
Decreto 271 de 1957 · Por el cual se dictan disposiciones sobre prensa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
No incurrirá en el delito de injuria el que sin emplear expresiones ultrajantes critique, censure o comente, en servicio del interés público, y sobre la base de informes exactos o que por tales se puedan tener en virtud de la seriedad de su origen
a)
Los actos y contratos del Gobierno y de la Administración;
b)
Los servicios públicos o los que interesen al público;
c)
Las obras o producciones artísticas, literarias, científicas, docentes, culturales, las diversiones, los espectáculos y los certámenes públicos.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.