Micelio

Artículo 9

Actualización De La Información Del Registro

Decreto 216 de 2021 · por medio del cual se adopta el Estatuto Temporal de Protección para Migrantes Venezolanos Bajo Régimen de Protección Temporal y se dictan otras disposiciones en materia migratoria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Actualización de la información del Registro . Toda persona incluida en el Registro Único de Migrantes Venezolanos tendrá la obligación de actualizar sus datos, tan pronto se presente un cambio en la situación o información registrada inicialmente, a través de los mecanismos que defina la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, so pena de las sanciones administrativas a que haya lugar.

Parágrafo

La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia podrá efectuar jornadas periódicas de actualización de datos cuando lo requiera, para lo cual definirá los parámetros e instrucciones para llevar a cabo dicha actualización. TÍTULO III PERMISO POR PROTECCIÓN TEMPORAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 216 de 2021