La Intendencia queda ampliamente facultada para rematar en pública subasta los vehículos que según concepto del señor Jefe Técnico, estén en condiciones de inservibles, o su mantenimiento sea demasiado elevado.
Decreto 638 de 1972 →Vigente
Artículo 23
La Intendencia Queda Ampliamente Facultada Para Rematar En Pública Subasta Los Vehículos Que Según Concepto Del Señor Jefe Técnico, Estén En Condiciones De Inservibles, O Su Mantenimiento Sea Demasiado Elevado
Decreto 638 de 1972 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 01 del mismo año, del Consejo Intendencial de Arauca, sobre presupuesto de rentas y gastos para la vigencia fiscal de 1 de abril de 1972 a 31 de marzo de 1973
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.