Micelio

Artículo 37

Subsecretaría Escuela De Impuestos Y Aduanas Nacionales

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 37. Subsecretaría Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales . Conforme a las políticas e instrucciones del Secretario General, son funciones de la Subsecretaría Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales, para ejercerlas directamente o a través de sus divisiones, las siguientes

a)

Desarrollar las políticas de capacitación que establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

b)

Propender por el adecuado nivel de formación académica de los funcionarios y su permanente actualización en materia de la función de la entidad;

c)

Elaborar el plan de formación académica y desarrollar y coordinar con las diferentes dependencias los programas y cursos de capacitación que deban efectuarse para el adecuado funcionamiento de la carrera;

d)

Coordinar con las entidades nacionales públicas o privadas e internacionales la realización de cursos de capacitación para funcionarios y promover los convenios a que haya lugar, y realizar el seguimiento y evaluación delos mismos;

e)

Expedir los certificados de formación técnica y profesional;

f)

Asesorar y coordinar el desarrollo de los programas de capacitación de las Administraciones;

g)

Promover publicaciones de especial interés para la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

h)

Diseñar, establecer y aplicar el sistema de capacitación por niveles, áreas y funciones necesario para el adecuado funcionamiento de la carrera tributaria y aduanera;

i)

Establecer el banco de pruebas de conocimientos para el proceso de selección y promoción; y, recomendar a las instancias pertinentes del Ministerio su aplicación; y

j)

Las demás que le asigne el Secretario General.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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