Art. 82. El conocimiento de las causas por fraude á la Renta de Licores corresponde en primera instancia á los Alcaldes, en los Distritos en que no se hubieren creado Tenientes políticos, para el efecto de que conozcan especialmente de estas causas.
Decreto 339 de 1905 →Vigente
Artículo 82
Decreto 339 de 1905 · Que fija el procedimiento para arrendar la Renta de Licores creada por el Decreto legislativo número 41 del año en curso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.