º. Para los efectos del articulo 292 del Código Penal, se consideran acciones tendientes a impedir o perturbar una reunión lícita, las agresiones o participantes en ella, el obstaculizar el acceso al lugar de su realización, los ataques a vehículos, así como las incitaciones verbales, radio difundidas, escritas o impresas para impedir su libre desarrollo, y las demás de naturaleza similar.
Decreto 1040 de 1984 →Vigente
Artículo 9
º
Decreto 1040 de 1984 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre reuniones públicas en todo el territorio de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.