° La conservación y vigilancia de cada zona dé telégrafos dependerán del respectivo Inspector, quien, solidariamente con el personal de Telegrafistas y Guardas, será responsable del servicio.
Decreto 286 de 1939 →Vigente
Artículo 1
La Conservación Y Vigilancia De Cada Zona Dé Telégrafos Dependerán Del Respectivo Inspector, Quien, Solidariamente Con El Personal De Telegrafistas Y Guardas, Será Responsable Del Servicio
Decreto 286 de 1939 · Por el cual se reglamentan las funciones de los Inspectores de Zonas Telegráficas y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.