Procedimiento de enajenación en la Segunda Etapa. En desarrollo de esta etapa y con el objeto de garantizar la continuidad en la prestación del servicio a cargo de Isagén, se invitará públicamente a presentar ofertas a los interesados que reúnan las condiciones que se establezcan en el presente decreto, en el reglamento de enajenación y adjudicación que se expida para la Segunda Etapa y en el aviso de oferta. Esta etapa tendrá la duración que para el efecto se indique en el reglamento de enajenación y adjudicación que se expida para la Segunda Etapa. 15.1. El reglamento de enajenación y adjudicación contendrá unas reglas de precalificación en las cuales se determine de manera clara los requisitos técnicos, financieros y legales que deben cumplir las personas que deseen ser precalificadas para presentar ofertas de compra de Acciones en la Segunda Etapa. Así mismo, el reglamento de enajenación y adjudicación establecerá los mecanismos que tengan como propósito garantizar la continuidad en la prestación del servicio a cargo de Isagén. 15.2. La Segunda Etapa se hará utilizando mecanismos que contemplen condiciones de amplia publicidad y libre concurrencia, y se efectuará a través de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público o por parte de la Bolsa de Valores de Colombia S.A. (en el evento en que la enajenación se realice por su conducto), mediante el mecanismo bursátil o extrabursátil que se establezca en el reglamento de enajenación y adjudicación que se elabore para la Segunda Etapa. De acudirse al martillo de la Bolsa de Valores de Colombia S.A., este se realizará de conformidad con los reglamentos de funcionamiento de los martillos de las bolsas de valores y las reglas para su operación fijadas por la Superintendencia Financiera de Colombia. 15.3. Sólo las personas que resulten precalificadas por el Comité Técnico de que trata el artículo 22.2 del presente decreto, conforme a lo establecido en el presente artículo, podrán presentar ofertas de compra de Acciones en desarrollo de la Segunda Etapa, en los términos indicados en el respectivo reglamento de enajenación y adjudicación que se expida para la Segunda Etapa.
Decreto 1609 de 2013 →Vigente
Artículo 15
Procedimiento De Enajenación En La Segunda Etapa
Decreto 1609 de 2013 · por el cual se aprueba el programa de enajenación de las acciones que la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público posee en Isagen S. A. E.S.P.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.