Micelio

Artículo 4

Autorizaciones Para Apropiación

Ley 1686 de 2013 · por medio de la cual se exalta la labor cultural que se logra a través de la celebración del Festival Iberoamericano de Teatro de Bogotá y garantiza su preservación como el mayor espectáculo nacional de las artes escénicas y, se declara como patrimonio cultural de la Nación el Festival Iberoamericano de Teatro de Bogotá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con los artículos 334, 341, 288 y 345 de la Constitución Política y de las competencias consagradas en la Ley 715 de 2001 y 397 de 1997 y en concordancia con los artículos 3° y 14 de la Ley 1450 de 2011 Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, se autoriza al Gobierno Nacional - Ministerio de Cultura para incorporar dentro de su Presupuesto General de la Nación y/o impulsar a través del sistema de cofinanciación la apropiación requerida para llevar a efecto la presente ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1686 de 2013