Créase el Colegio Profesional de Geógrafos, con sede en Santafé de Bogotá, integrado por los siguientes miembros y sus correspondientes suplentes:
El Ministro de Educación Nacional o su delegado.
El Director del Instituto Geográfico Agustín Codazzi o su delegado.
Un (1) representante de los programas de estudios de postgrado en Geografía, que funcionen en el país, a nivel de maestría o doctorado.
Un (1) representante de las universidades que otorgan el título de Geógrafo, debidamente reconocidas por el Ministerio de Educación Nacional.
Un (1) representante de la Asociación Colombiana de Geógrafos ACOGE.
Los miembros del Colegio Profesional de Geógrafos desempeñarán sus funciones ad honorem y su período será de tres (3) años.
Los delegados que designe el Ministerio de Educación Nacional y el Director del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, deberán ser Geógrafos profesionales inscritos; la misma calidad deberán acreditar los demás representantes.