Micelio

Artículo 6

Ley 6 de 1973 · Por la cual se crean estímulos tributarios para las sociedades anónimas, se aumentan las exenciones personales y se dictan otras disposiciones en materia tributaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son exentos de impuesto básico de renta, los primeros treinta mil pesos ($ 30.000.00) de los dividendos pagados o abonados en cuenta por sociedades colombianas a personas naturales, sucesiones ilíquidas, asignaciones y donaciones modales cuando el patrimonio líquido no exceda de dos millones de pesos ($ 2.000.000.00).

En este sentido se modifica el numeral tercero del artículo 47 de la Ley 81 de 1960 tal como fue subrogado por el artículo 21 del Decreto 1366 de 1967.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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