Micelio

Artículo 10

Modifíquese El Artículo 1° Del Decreto Número 2023 Del 7 De Diciembre De 2016, El Cual Quedará Así: “establecer Un Punto Transitorio De Normalización (Ptn) Como Zona De Ubicación Temporal, En El Departamento Del Chocó - Entre Los Municipios De Carmen Del Darién Y Riosucio - Vereda Caracolí, Corregimiento Brisas Y Cereda La Florida, Cuyas Coordenadas Que Definen La Delimitación Geográfica, Georreferenciación Y Graficación Se Precisan De Acuerdo Al Documento Anexo A Este Acto Administrativo, Incluida Su Zona De Seguridad, La Sede Local Del Mecanismo De Monitoreo Y Verificación (Mm&v), El O Los Campamentos Dentro Del Ptn Y El Área De Recepción, Con El Objetivo De Garantizar El Cese Al Fuego Y De Hostilidades Bilateral Y Definitivo Y Dejación De Armas (Cfhbd-Da)

Decreto 308 de 2017 · por el cual se modifican parcialmente los Decretos números 2003, 2006, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2024 del 7 de diciembre de 2016, que establecieron unas Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) y unos Puntos Veredales de Normalización (PTN) y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese el artículo 1° del Decreto número 2023 del 7 de diciembre de 2016, el cual quedará así: “Establecer un Punto Transitorio de Normalización (PTN) como Zona de Ubicación Temporal, en el departamento del Chocó - entre los municipios de Carmen del Darién y Riosucio - Vereda Caracolí, Corregimiento Brisas y Cereda La Florida, cuyas coordenadas que definen la delimitación geográfica, georreferenciación y graficación se precisan de acuerdo al documento anexo a este acto administrativo, incluida su zona de seguridad, la sede local del Mecanismo de Monitoreo y verificación (MM&V), el o los campamentos dentro del PTN y el área de recepción, con el objetivo de garantizar el Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo y Dejación de Armas (CFHBD-DA). El punto tiene como propósito adicional iniciar el proceso de preparación para la reincorporación a la vida civil de las estructuras de las FARC-EP en lo económico, lo político y lo social de acuerdo con sus intereses; estará destinada para los miembros de la organización que participen y se encuentren comprometidos con el CFHBD-DA. El PTN establecido es territorial, temporal y transitorio y cuenta con el monitoreo y verificación del MM&V”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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