Establécese, En La Superintendencia De Sociedades, El Fondo Cuenta A Que Se Refiere El Parágrafo Tercero Del Artículo 10 Del Decreto 4334 De 2008, Con Los Recursos Que Para El Efecto Transfiera El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Con El Fin De Atender El Pago De Los Honorarios De Los Agentes Interventores Y Demás Gastos Propios Que Demanden Los Procesos De Intervención, A Que Se Refiere La Mencionada Norma
Decreto 1761 de 2009 · por el cual se reglamenta el parágrafo 3° del artículo 10 del Decreto 4334 de 2008.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Establécese, en la Superintendencia de Sociedades, el fondo cuenta a que se refiere el
Parágrafo 3
del artículo 10 del decreto 4334 de 2008, con los recursos que para el efecto transfiera el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con el fin de atender el pago de los honorarios de los agentes interventores y demás gastos propios que demanden los procesos de intervención, a que se refiere la mencionada norma. Dicho fondo se sujetará a las normas y procedimientos establecidos en la Constitución Política, en el Estatuto Orgánico del Presupuesto, en la Ley Anual de Presupuesto y en las demás normas relacionadas con las competencias de la Superintendencia de Sociedades.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.