°. Selección de predios. Las entidades territoriales con el apoyo técnico de la autoridad ambiental de su jurisdicción, deberán seleccionar al interior de las áreas de importancia estratégica identificadas, delimitadas y priorizadas por la autoridad ambiental competente, los predios a adquirir, a mantener o a favorecer con el pago por servicios ambientales. Para la selección de los predios se deberán evaluar, los siguientes criterios, sin perjuicio de otros adicionales que podrá definir mediante acto administrativo el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Población abastecida por los acueductos beneficiados con la conservación del área estratégica dentro de la cual está ubicado el predio.
Presencia en el predio de corrientes hídricas, manantiales, afloramientos y humedales.
Importancia del predio en la recarga de acuíferos o suministro hídrico.
Proporción de coberturas y ecosistemas naturales poco o nada intervenidos presentes en el predio.
Grado de amenaza de los ecosistemas naturales por presión antrópica.
Fragilidad de los ecosistemas naturales existentes.
Conectividad ecosistémica.
Incidencia del predio en la calidad del agua que reciben los acueductos beneficiados.
La selección de predios por parte de los distritos de riego se deberá realizar con el apoyo técnico de la autoridad ambiental de su jurisdicción. TÍTULO II SOBRE LA ADQUISICIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS ÁREAS DE IMPORTANCIA ESTRATÉGICA