ARTICULO TERCERO. Desde el punto de vista técnico, corresponde, igualmente, al mencionado Departamento, la dirección suprema de la beneficencia y asistencia social del país y la inspección y vigilancia de los establecimientos institutos etc,, que de ella dependan o que se dediquen a ese fin; velará porque en el desempeño de sus funciones médico-sociales, dichos establecimientos estén capacitados para realizar las actividades técnicas, preventivas y curativas, en el grado que señalen los progresos de la ciencia médica.
Decreto 1858 de 1938 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1858 de 1938 · por el cual se reglamente la Ley 93 de 1938, y se crea una dependencia administrativa.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.