Micelio

Artículo 34

El Funcionario De Carrera Profesoral Que Sea Llamado A Ejercer Los Cargos De Subdirector O Jefe De Unidad Docente O Investigativa, Al Cesar En Estas Funciones, Tendrá Derecho A Que Se Le Compute El Tiempo De Ejercicio Como Si Lo Hubiera Prestado En Él Cargó De Profesor, En La Categoría En Que Esté Clasificado Y A Reincorporarse Al Cargo Docente Con El Sueldo Que Como Profesor Le Corresponda Según El Escalafón

Decreto 603 de 1972 · Por el cual se aprueba el acuerdo 22 de 1971, del Consejo Directivo de la Escuela Superior de Administración Pública-ESAP, sobre estatuto de personal docente

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El funcionario de carrera profesoral que sea llamado a ejercer los cargos de Subdirector o Jefe de Unidad Docente o Investigativa, al cesar en estas funciones, tendrá derecho a que se le compute el tiempo de ejercicio como si lo hubiera prestado en él cargó de profesor, en la categoría en que esté clasificado y a reincorporarse al cargo docente con el sueldo que como profesor le corresponda según el escalafón. SECCION QUINTA Ascensos dentro de la carrera, concursos y oposiciones

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 603 de 1972