Micelio

Artículo 2

Ley 49 de 1927 · Sobre fomento de la agricultura y las edificaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Banco Agrícola Hipotecario, como entidad de carácter público, estará sometido únicamente a la revisión y súper-vigilancia de la Superintendencia Bancaria, en los términos de la Ley 45 de 1923 y de las que la adicionan y reforman.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 49 de 1927