Micelio

Artículo 43

Decreto 1890 de 1999 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Justicia y del Derecho y se dictan otras disposiciones sobre la materia relacionadas con las entidades que integran el Sector Administrativo de Justicia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Patrimonio. El Patrimonio del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario estará constituido por:

1.

Los bienes inmuebles destinados a servir como sedes administrativas del Inpec, los bienes inmuebles destinados a servir como centros de reclusión del orden nacional y los bienes muebles que le correspondan.

2.

Las partidas destinadas dentro del Presupuesto Nacional para atender el funcionamiento y los programas de inversión del Instituto.

3.

Los demás bienes y rentas que el Instituto reciba o adquiera a cualquier título y los que le asignen las leyes.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 43. Patrimonio. El Patrimonio del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario estará constituido por:

1.

Los bienes inmuebles que se encuentren exclusivamente destinados a servir como sedes administrativas del INPEC, y los bienes muebles que le correspondan.

2.

Las partidas destinadas dentro del Presupuesto Nacional para atender el funcionamiento y los programas de inversión del Instituto.

3.

Los demás bienes y rentas que el Instituto reciba o adquiera a cualquier título y los que le asignen las leyes.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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