Micelio

Artículo 1

Para Los Fines Que Se Trata El Numeral 2 Del Artículo 56 De La Ley 135 De 1961,

Decreto 1718 de 1977 · Por el cual se reglamenta el numeral segundo del artículo 56 de la Ley 135 de 1961 modificado por el artículo 21 de la Ley 4ª de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para los fines que se trata el numeral 2 del artículo 56 de la ley 135 de 1961,. Modificado por el artículo 21 de la Ley 4ª de 1973, se entiende que el propietario de un predio rural ha cumplido con la obligación de contribuir directamente a la educación gratuita de los hijos de los trabajadores, una vez demuestre haber realizado uno cualquiera de los siguientes aportes: 1º Que ha entregado en efectivo a cada trabajador una suma no inferior al 15% de su salario devengado en el mes inmediatamente anterior al de la fecha del aporte. 2º Que a su costa ha construido locales para educación primaria y corre, por lo demás, con los gastos de dotación y mobiliario materiales didácticos y suelos de profesores idóneos y suficientes para impartir una enseñanza adecuada, todo conforme a las normas establecidas al efecto al Ministro de Educación. 3º Que costea a los hijos de sus trabajadores los estudios de enseñanza media, técnico-agropecuaria o superior en las ramas de agronomía o veterinaria, al igual que los demás gastos que por alimento de alimentación y alojamiento fueren indispensables para el beneficiario pueda lograr su educación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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