º . Las personas que cursaban estudios de educación básica (primaria o secundaria) o los grados 10 y 11 de educación media vocacional, deberán presentar al establecimiento educativo donde soliciten el ingreso los certificados o boletines correspondientes al grado que venían cursando o en su defecto, una prueba testimonial de un directivo o docente de la institución donde adelantaba sus estudios que permita su admisión al grado solicitado.
Decreto 1788 de 1994 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 1788 de 1994 · Por el cual se dictan medidas especiales de carácter educativo para la población estudiantil de las zonas de desastre de los Departamentos del Cauca y del Huila.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.