Articulo 4 º . La competencia y el procedimiento establecidos en este Decreto, regirán para los hechos respecto de los cuales no se haya iniciado investigación. Respecto de los procesos ya iniciados, continuarán conociendo las autoridades establecidas por disposiciones anteriores y con los procedimientos en ellos indicados (C.P.P., D. 1188/74, D. 760/84).
Decreto 1042 de 1984 →Vigente
Artículo 4
º
Decreto 1042 de 1984 · Por el cual se dictan disposiciones sobre competencia y procedimiento en materia de narcotráfico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.