Micelio

Artículo 1

Corríjase El Yerro Contenido En El Artículo 156 De La Ley 1151 De 2007, De La Siguiente Forma: Artículo 156

Decreto 1193 de 2012 · por medio del cual se corrige un yerro en el artículo 156 de la Ley 1151 de 2007

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Corríjase el yerro contenido en el artículo 156 de la Ley 1151 de 2007, de la siguiente forma: Artículo 156. Gestión de Obligaciones Pensionales y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social. (...) Contra la liquidación oficial procederá el recurso de reconsideración, el cual podrá interponerse dentro de los dos (2) meses siguientes a la notificación de la liquidación oficial y la resolución que lo decida, que deberá proferirse en el máximo de un (1) año posterior a la interposición de recursos, agotará vía gubernativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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