Micelio

Artículo 906

Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El beneficio de separación a favor de un acreedor debe decretarse de plano si se presenta un TITULO que preste mérito ejecutivo. La providencia en que se decreta sólo es apelable en el efecto devolutivo,y ha de registrarse si entre los bienes de la sucesión hay inmuebles.

Parágrafo 3

Aceptación y repudiación de una asignación a instancia de un tercero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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