Micelio

Artículo 1

Decreto 7 de 1922 · Por la cual se fija la cuantía de la fianza que debe otorgar el Cajero contador de la prolongación del ferrocarril del Norte

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. La fianza que debe otorgan el Cajero Contador de la prolongación del ferrocarril del Norte, según lo dispuesto en el Decreto número 1448 dé 30 de diciembre de 1921, puede. Ser prendaria o hipotecaria, a satisfacción de Ministerio de Obras Públicas, y su cuantía en el primer caso será de dos mil pesos ($ 2,000), y en el segundo, 'o sea hipotecaria, será de mil pesos ($ 1,000), Comuníquese y publíquese. '

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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