Con el propósito de impulsar el desarrollo del turismo nacional, aprovechándose para ello la explotación de sitios de gran belleza natural, como el que existe en la carretera del Noroeste, en el punto denominado Puente Vargas , sobre el sitio Oibita, Facúltase al Gobierno para que, de la suma que con destino a dicha carretera se apropie en el Presupuesto de la próxima vigencia tome la partida que estime necesaria para ejecutar en el referido punto las obras más convenientes para el fomento del turismo en esa sección de Santander.
Ley 194 de 1936 →Vigente
Artículo 7
Puente Vargas
Ley 194 de 1936 · por la cual se declara de utilidad pública una zona y se fomenta el desarrollo de la organización cooperativista y del turismo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.