Adiciónase el artículo 424 del Estatuto Tributario con las siguientes partidas arancelarias
" Artículo 424. Bienes que no Causan el Impuesto:
"15.02 La grasa de animales de las especies bovina, ovina o caprina, en bruto (sebo en rama).
"40.11.91.00.00 Neumáticos para tractores o implementos agrícolas.
"44.07.10.10.00 Tablillas para la fabricación de lápices.
"44.08.10.10.00 Tablillas para la fabricación de lápices.
"73.10.29.10.00 Depósitos de fundición de hierro o de acero, de capacidad inferior o igual a 300 L, sin dispositivos, para el transporte de leche.
"73.10.29.90.10 Recipientes para el transporte y envasado del semen, utilizado en inseminación artificial.
"73.12.90.10.00 Depósitos de aluminio de capacidad inferior o iguala 300 L, sin dispositivos, para el transporte de leche.
"84.32.40.00 Esparcidores y distribuidores de abonos.
"85.10.20.20 Máquinas para esquilar.
"87.13. Sillones de ruedas y demás vehículos para discapacitados, incluso con motor u otro mecanismo de propulsión.
"87.13.10.00.00 Sin mecanismo de propulsión.
"87.13.90.00.00 Los demás.
"87.14. Partes y accesorios de los vehículos de la partida 87.13.
"87.14.20.00.00 De sillones de ruedas y demás vehículos para discapacitados.
"90.01.30.00.00 Lentes de Contacto.
"90.01.40.00.00 Lentes de vidrio para gafas.
"90.01.50.00.00 Lentes de otras materias para gafas.
"90.21. Artículos y aparatos de ortopedia, prótesis, incluidas las fajas y bandas médico - quirúrgicas y las muletas; tablillas, férulas y demás artículos y aparatos para fracturas; artículos y aparatos de prótesis; audífonos y demás aparatos que lleve la propia persona, o se le implanten para compensar un defecto o una incapacidad.
"96.09.20.00.00 Minas para lápices.
"96.17.01.00.00 Termos para el transporte de semen de ganado bovino.
"Se eliminan las posiciones arancelarias 25.05, 25.24 y el Diclorodifenil Tricloroetano de la posición 29.03. En consecuencia, tales bienes se gravan a la tarifa general".