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Artículo 57

Funciones De La Dirección De Desarrollo Digital

Decreto 2189 de 2017 · Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Dirección de Desarrollo Digital. Son funciones de la Dirección de Desarrollo Digital, las siguientes

1.

Adelantar las acciones requeridas para el cumplimiento de las funciones del De­partamento Nacional de Planeación en el ámbito del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), en coordinación con los organismos y entidades pertinentes.

2.

Formular documentos de política, en los temas de su competencia, que orienten las acciones del Gobierno hacia la articulación y coordinación de políticas públicas, con una visión prospectiva de Estado en el largo plazo.

3.

Promover, orientar y participar en la formulación de políticas, planes, programas, estudios y proyectos de inversión en el sector de su competencia, conjuntamente con los organismos y entidades pertinentes.

4.

Participar, en el ámbito del sector de TIC, y en coordinación con la Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas, en la programación, seguimiento y control del Presupuesto General de la Nación de los organismos y entidades públicas de la red institucional sectorial.

5.

Emitir conceptos técnicos para los proyectos de inversión correspondientes a sectores diferentes al de TIC, que estén relacionados con las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en coordinación con las dependencias competentes.

6.

Coordinar y evaluar la programación del presupuesto de inversión de los organismos y entidades públicas del orden nacional adscritas y vinculadas al sector de TIC.

7.

Realizar el control posterior de viabilidad de los proyectos de inversión de los or­ganismos y entidades públicas del orden nacional adscritas y vinculadas al sector de su competencia, y emitir los conceptos técnicos de sus modificaciones cuando se requieran.

8.

Formular las metodologías, realizar el seguimiento, control y evaluación de la eje­cución de las políticas relacionadas con el sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

9.

Promover, orientar y realizar el seguimiento, control y evaluación de la ejecución de las políticas, planes, programas, estudios y proyectos de inversión en el sector de TIC y recomendar las modificaciones y ajustes necesarios.

10.

Cooperar con las entidades competentes en el desarrollo de las estrategias para la regulación, inspección, vigilancia y control, para la adecuada y eficiente presta­ción de los servicios públicos de TIC.

11.

Apoyar a los organismos responsables de la regulación del sector de TIC, y rea­lizar análisis para el desarrollo regulatorio articulado con las estrategias de inver­sión pública y privada, inspección, vigilancia y control de las TIC.

12.

Promover y orientar la aplicación de indicadores que permitan identificar las ne­cesidades de inversión pública en el sector de TIC, así como el impacto de las políticas, planes, programas y proyectos en el mejoramiento del entorno social y económico.

13.

Colaborar en la preparación de normas sobre la organización, el funcionamiento y la gestión institucional requeridos para adelantar las políticas, planes, programas y proyectos en los sectores de su competencia, en coordinación con la Oficina Asesora Jurídica.

14.

Coordinar, con las entidades competentes, el apoyo en la estructuración, evalua­ción y ejecución de los procesos de participación privada, pública y pública-priva­da, así como esquemas financieros, para el desarrollo del sector de su competen­cia.

15.

Apoyar la estructuración, coordinación y ejecución de los procesos de participa­ción internacional en materia de TIC.

16.

Realizar estudios sectoriales e investigaciones en temas de los sectores de su com­petencia.

17.

Participar en el diseño e implementación del Sistema de Evaluación de Gestión y Resultados de la administración en materia de TIC, en coordinación con la Direc­ción de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas.

18.

Participar y coordinar el diseño, seguimiento y evaluación de las políticas e instru­mentos de promoción para el desarrollo de la ciencia, la tecnología, la innovación y la propiedad intelectual, en el sector de TIC, en coordinación con la Dirección de Innovación y Desarrollo Empresarial.

19.

Monitorear e identificar, en coordinación con las entidades competentes, nuevas tecnologías y tendencias tecnológicas que puedan generar impacto en el desarrollo del país, y llevar a cabo análisis y propuestas de política pública para su incorpora­ción en planes, programas y proyectos relacionados con la adopción y apropiación de las TIC y en procesos de transformación digital sectoriales y territoriales.

20.

Apoyar los procesos de planeación y diseño de políticas públicas en el ámbito de sus competencias, para la inclusión de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) como componente fundamental para el desarrollo social, ambiental y económico.

21.

Desarrollar y ejecutar para el DNP estrategias, iniciativas y proyectos para la ex­plotación e innovación basada en datos e información, como insumo para la cons­trucción de políticas públicas sectoriales y territoriales, y apoyar a las Direcciones y Subdirecciones técnicas en esta materia.

22.

Presentar al Subdirector General Sectorial las iniciativas de proyectos de inversión que considere convenientes para el cumplimiento de los objetivos misionales, en los temas de su competencia.

23.

Las demás que conforme a la naturaleza de la dependencia le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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