Artículo primero. El período de la actual Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa terminará el 10 de abril de 1957.
Acto_legislativo 1 de 1957 →Vigente
Artículo 1
Acto_legislativo 1 de 1957 · ACTO LEGISLATIVO 1 DE 1957, 22/03/1957, POR LA CUAL SE CONVOCA UNA NUEVA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE Y LEGISLATIVA, SE REFORMA EL ACTO LEGISLATIVO NÚMERO 2 DE 1954, SE DAN UNAS AUTORIZACIONES AL GOBIERNO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.