Micelio

Artículo 17

Ley 8 de 1909 · De honores a la memoria del señor doctor don Manuel Antonio Sanclemente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Al entregar la Nación á los Departamentos las rentas cedidas por esta Ley, éstos pagarán á aquella; previo avalúo perisial, los enteres, existencias, edificios y semovientes que son de propiedad de la Nación y están al servicio de dichas rentas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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