Micelio

Artículo 14

Ley 128 de 1941 · Por la cual se dictan algunas disposiciones económicas y se reviste el Presidente de la Republica de facultades extraordinarias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al Banco Agrícola Hipotecario para que otorgue a los Departamentos accionistas de dicha Institución, préstamos hasta por una cantidad igual al monto de sus acciones, con destino al fomento de los Institutos de Crédito Ganadero, fundados o que se funden en los respectivos Departamentos.

El Banco de la República queda autorizado para redescontar las obligaciones de los Institutos de Crédito Ganadero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 128 de 1941