Micelio

Artículo 3

Ley 57 de 1941 · Por la cual se honra la memoria del doctor José Antonio Gonzalez

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Igualmente, el Gobierno procederá, como tributo especial a tan ilustre colombiano, a dotar al Hospital "San Antonio" de la ciudad de Tuluá, de los elementos necesarios para la instalación de un moderno aparato de Rayos X, y para el establecimiento de un Laboratorio Clínico, el que funcionará en sala especial, llamada "Sala José Antonio González."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 57 de 1941