Corresponde a la División de Contratación y Seguimiento de Crédito Público Interno de la Subdirección de Contratación y Seguimiento de la Dirección General de Crédito Público el ejercicio de las siguientes funciones
Coordinar participar y conceptuar en la gestión, negociación, contratación y modificación de las operaciones relacionadas con los recursos del crédito público interno a mediano y largo plazo, incluida la emisión de bonos según las normas vigentes;
Orientar a las entidades públicas en lo referente al trámite de autorización, contratación y/o modificación de operaciones de crédito público interno y otras operaciones financieras;
Elaborar los informes sobre la utilización de los cupos de endeudamiento interno con destino al Congreso de la República y a la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público, para ser tramitadas por intermedio del Subdirector General;
Participar en la gestión, negociación y contratación de los empréstitos internos a mediano y largo plazo así como la emisión de títulos de deuda pública interna a mediano y largo plazo de la Nación;
Participar en la gestión y contratación de los préstamos otorgados por la Nación, incluidas las reestructuraciones y modificaciones de los mismos;
Estudiar, negociar y adelantar los trámites para la celebración de los contratos o acuerdos de pago que se deriven del mecanismo de pago previsto en el Estatuto Orgánico de Presupuesto y Normas reglamentarias.
Estudiar, negociar y preparar los términos de las garantías y contragarantías exigidas para los préstamos que otorgue y garantice la Nación;
Realizar el seguimiento de las operaciones de crédito público interno con el fin de lograr una mayor eficiencia en la contratación y ejecución de las operaciones de crédito;
Estudiar, negociar y realizar las actuaciones relacionadas con operaciones de crédito público interno para el saneamiento financiero de las entidades públicas;
Registrar y verificar que todas las operaciones de crédito público interno tramitadas y en trámite se encuentren incluidas en el sistema de información de la Dirección y producir los informes correspondientes;
Las demás que le sean asignadas por el Subdirector de Contratación, según la naturaleza de sus funciones. 6.3. De la Subdirección de Ejecución de Crédito Público