Micelio

Artículo 9

Ley 6 de 1928 · “sobre empréstitos.”

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Departamentos y los Municipios podrán contratar empréstitos para convertir deudas anteriormente contraídas, con las autorizaciones y aprobación del Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 6 de 1928