Micelio

Artículo 6

Decreto 3503 de 1962 · Por el cual se deroga el Decreto número 1422 de 1958, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. Los rectores de los establecimientos de educación son responsables por la expedición de los certificados de estudio conforme a la ley penal.

Parágrafo 1

En caso de dudas sobre el contenido de los certificados de estudios el Rector del establecimiento de educación, ante el cual éstos se presenten comprobará la veracidad de los mismos en forma directa con el plantel que lo expidió o por intermedio de la Inspección Nacional de Educación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3503 de 1962