° A partir de la fecha del presente Decreto queda autorizado el Ministerio de Correos y Telégrafos para permitir el uso de algunos códigos comerciales en las relaciones con los países que acepten.
Decreto 1241 de 1942 →Vigente
Artículo 1
A Partir De La Fecha Del Presente Decreto Queda Autorizado El Ministerio De Correos Y Telégrafos Para Permitir El Uso De Algunos Códigos Comerciales En Las Relaciones Con Los Países Que Acepten
Decreto 1241 de 1942 · Por el cual se da una autorización al Ministerio de Correos y Telégrafos y se adiciona el Decreto número 2102 de 10 de diciembre de 1941
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.