Micelio

Artículo 40

Constituida La Reserva De Caja, Los Dineros Sobrantes Serán Reintegrados A La Tesorería General De La República A Más Tardar El 1º De Marzo, Con La Refrendación Del Ordenador Del Gasto, Del Jefe De La División Delegada De Presupuesto Y Del Auditor Ante El Organismo O Entidad Respectiva

Decreto 3097 de 1984 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1985

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Constituida la reserva de caja, los dineros sobrantes serán reintegrados a la Tesorería General de la República a más tardar el 1º de marzo, con la refrendación del ordenador del gasto, del Jefe de la División Delegada de Presupuesto y del Auditor ante el organismo o entidad respectiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3097 de 1984